UN NUEVO CONCEPTO EN LA ADMINISTRACION DE FINCAS


VELAMOS POR TU EDIFICIO

¿POR QUÉ DE NUESTROS SERVICIOS?

En la actualidad, se precisa, cada vez más, de servicios auténticamente profesionales, que den respuestas rápidas y efectivas a las necesidades que la sociedad demanda.


FINCALARES nace con la idea de desarrollar una propuesta distinta a los vecinos en la gestión de la administración de su edificio. Nuestro objetivo es añadir, a los servicios de administración, el asesoramiento técnico especializado, a través de técnicos cualificados, a edificios y complejos plurifamiliares, de forma que éste tenga una repercusión directa en los costes de mantenimiento y explotación de los mismos. Contamos con arquitectos técnicos como administradores de fincas, lo que une, a la labor cotidiana de un administrador tradicional, los amplios conocimientos en el funcionamiento, mantenimiento, instalaciones, patologías, rehabilitación, normativa vigente, etc, con que cuenta un técnico de estas características. Esta condición supone un valor añadido a la gestión de su comunidad. Nuestro propósito no es sólo administrar la comunidad, sino incluir en el mismo servicio, y sin añadir costes, la gestión integral del edificio.


El asesoramiento y garantías de tener un arquitecto técnico como administrador, supone un ahorro y filtro para cualquier defecto constructivo, siniestro por filtraciones o humedades, o cualquier otro problema que afecte directamente a los propietarios.


Conservar, mantener y rehabilitar los edificios es un modo de que nuestros edificios no se devalúen en su valor, además de mejorar el confort de sus habitantes. Por otro lado, en la normativa actual, nos encontramos, por una parte, con la obligación legal de conservar, mantener, mejorar y rehabilitar los edificios:


CTE 2006: Parte I, Anejo III Terminología:
Usuario:
Es el agente que, mediante cualquier título, goza del derecho de uso del edificio de forma continuada. Está obligado a la utilización adecuada del mismo de conformidad con las instrucciones de uso y mantenimiento contenidas en el Libro del Edificio.
Ley del Suelo de 2007, Artículo 9:
El derecho de propiedad comprende los deberes de conservarlo en las condiciones legales para servir de soporte a dicho uso, mantenerlo en condiciones de seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato legalmente exigibles y realizar los trabajos de mejora y rehabilitación hasta donde alcance el deber legal de conservación.
Por otro lado, se derivan las responsabilidades del uso y conservación:
LOE 1999: Capítulo II, Artículo 3.2:
El Código Técnico de la Edificación (CTE) es el marco normativo que establece exigencias básicas de calidad en los edificios y de sus instalaciones.
CTE 2006: Parte I, Capítulo II Artículo 8:
Artículo 8. Condiciones del edificio
8.2. Uso y conservación del edificio
1. El edificio y sus instalaciones se utilizarán adecuadamente de conformidad con las instrucciones de uso, absteniéndose de hacer un uso incompatible con el previsto. Los propietarios y los usuarios pondrán en conocimiento de los responsables del mantenimiento cualquier anomalía que se observe en el funcionamiento normal del edificio.
2. El edificio debe conservarse en buen estado mediante un adecuado mantenimiento. Esto supondrá la realización de las siguientes acciones:
a) llevar a cabo el plan de mantenimiento del edificio, encargando a técnico competente las operaciones programadas para el mantenimiento del mismo y de sus instalaciones;
b) realizar las inspecciones reglamentariamente establecidas y conservar su correspondiente documentación; y
c) documentar a lo largo de la vida útil del edificio todas las intervenciones, ya sean de reparación, reforma o rehabilitación realizadas sobre el mismo, consignándolas en el Libro del Edificio.
Como punto muy importante, próximamente, en todos los municipios de más de 25.000 habitantes, es de aplicación la Inspección Técnica de las Edificaciones que obliga a los propietarios de los Edificios a efectuar la Inspección Técnica periódica de los mismos (como la ITV de los vehículos).
Otro punto destacable es la necesidad, en breve, de clasificar la Eficiencia Energética de todos los edificios existentes, tal y como recoge el RD 47/2007, para lo cual será necesaria la redacción del Certificado Energético correspondiente (como el Certificado Energético de los electrodomésticos).
Por último, según recoge el Decreto 293/2009 sobre accesibilidad, para el año 2018 tendrán que estar adaptados todos los edificios, urbanizaciones, infraestructuras e instalaciones para las condiciones de accesibilidad que se reflejan en el citado Decreto.

Por todo lo anteriormente expuesto, es necesario contar con un buen equipo técnico en los edificios que sea capaz de desarrollar estas funciones, adelantarse a las premisas marcadas y planificar, con la anterioridad suficiente, las exigencias establecidas. Por consiguiente, la mejor opción, hoy en día, es contar con un administrador de fincas, que, al mismo tiempo, gestione el edificio, le aconseje en las obras a realizar, haga seguimiento de las mismas y gestione el ahorro, para la comunidad, en su mantenimiento. Todas estas funciones están aunadas en un administrador de fincas que sea arquitecto técnico, con amplia experiencia en la construcción, gestión y contratación de obras, mejorando los servicios de un administrador tradicional, sin aumento de coste.

FINCALARES se ha propuesto ir un paso delante, de lo que hasta ahora viene siendo la administración de fincas, y aportar su experiencia en el ámbito de la edificación, para que sus clientes estén siempre bien asesorados, en cuanto al estado y mantenimiento de su edifico. Cuando solicites nuestros servicios no solo lo harás de la administración, sino que dispondrás siempre de una primera valoración, en los casos que estimes oportunos, de nuestro arquitecto técnico.

FINCALARES, aparte de cumplir con los servicios que se especifican en el artículo 10 de la Ley de Propiedad Horizontal:

• Velar por el buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios.

• Preparar el plan de gastos e ingresos.

• Atender a la conservación y entretenimiento de la casa

• Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras y efectuar los pagos y realizar los cobros.

• Actuar, en su caso, como Secretario de la Junta, custodiando la documentación, y todas las demás atribuciones que le confiera la Junta.

FINCALARES realizará la GESTIÓN DEL EDIFICIO:
• La supervisión de los proveedores contratados por su comunidad (limpieza, mantenimiento, ascensores, extintores, etc…). Se acabó el dar el aviso de una incidencia o contratar un servicio y que nadie se preocupe de si se ha llevado a cabo correctamente, tanto en cantidad como en calidad. Con nuestros conocimientos previos (Arquitecto Técnico Administrador de Fincas) supervisaremos los trabajos realizados para garantizar un correcto servicio de cada proveedor, tomando medidas correctivas en caso contrario y dejando constancia escrita de todo ello.

• Analizar su comunidad, optimizar los servicios, revisar los contratos con sus proveedores, buscar nuevos presupuestos y contratar sólo los servicios que realmente necesitan. Nuestro compromiso, desde el primer momento de contratarnos, será rebajar su cuota de comunidad.

• Realizar un plan de ahorro energético: En la actualidad, el gasto energético es el que más aumenta año tras año, debido al aumento de las tarifas. Realizando un estudio de la instalación y de los usos, se llegará a optimizar su consumo, haciendo así frente a la subida de las tarifas.

• Atender a la conservación del inmueble: Una vez se nos contrate para la administración de la finca, realizaremos un TEST DEL EDIFICIO, del estado en el que se encuentran los principales elementos del mismo (una ITE voluntaria, a nivel interno de la comunidad, sin otro efecto), a partir de la cual, poder tomar decisiones sobre el mantenimiento y las necesidades de la finca, realizando un plan de mantenimiento anual, del que FINCALARES hará su seguimiento. El Test del Edificio, se actualizará año tras año, con el mismo fin inicial.

• Gestión de incidencias y averías: Tras el aviso de una incidencia, nuestro personal se personará en el edificio y, tras el análisis de la patología y la propuesta de soluciones, buscaremos presupuestos para la reparación de la misma. Nosotros gestionaremos las incidencias con el seguro de la comunidad.

• Gestión de reparaciones extraordinarias: Una vez seguidos los pasos de la gestión de la incidencia, se dará cuenta inmediata a la Junta y se resolverá la financiación. Del mismo modo

• Disponer las reparaciones ordinarias: Gestionaremos las reparaciones de mantenimiento ordinarias conforme al plan realizado inicialmente, buscando presupuestos y haciendo seguimiento de las mismas.

• Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras de reforma: Cuando la Junta apruebe la ejecución de obras de reforma en la comunidad, se buscarán presupuestos, se resolverá la financiación y la se hará seguimiento de su ejecución.

Al margen de las relacionadas anteriormente, y que nos son propias en el desempeño de nuestra función, están incluidos en nuestros honorarios los siguientes servicios que se exponen a continuación:

SERVICIOS ADMINISTRATIVOS.
• Redacción de documentos para gestiones de la comunidad con administraciones públicas o privadas.

• Asesoramiento a la comunidad: Ley de Propiedad horizontal y otras normativas que puedan afectar al edificio.

• Mediación en conflictos vecinales.

• Contratación de los proveedores de servicios a la comunidad.

• Tramitación de siniestros con las compañías aseguradoras.

• Obtención del N.I.F. en nombre de la comunidad.

• Garantizar el cumplimiento, por parte de la Comunidad de Propietarios, de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal.

SERVICIOS FINANCIEROS Y CONTABLES.
• Elaboración del presupuesto y balance de cuentas anual.

• Dar conocimiento de los cobros y gastos, en cualquier momento, a petición de la comunidad.

• Apertura de cuentas bancarias en nombre de la comunidad. La comunidad tendrá una cuenta a su nombre, con poderes para el presidente, o persona designada, y FINCALARES sólo tendrá acceso para consulta a las cuentas de la comunidad.

• Presentación de un plan de reducción de costes, basado en la renegociación de los contratos de mantenimiento con exigencia de adaptación de precios al mercado actual.

• Emisión de recibos para el cobro de las cuotas, elaboración de balances y cuadros con cuotas emitidas y pendientes de cobro.

• Gestión de cobro de morosos y deudores e información de ellos a la Junta.

• Desglose individual de todos gastos fiscalmente deducibles para aquellos comuneros que lo requieran.

ASISTENCIA TÉCNICA
Visitamos periódicamente la comunidad.

Asesoramiento técnico y cualificado inmediato en materia de edificación, ofreciendo asistencia técnica en la realización de obras y mejoras en el edificio, que por su naturaleza no requieran la intervención de un técnico titulado responsable y que, por lo tanto, sean susceptible de facturación adicional. Esta consultoría es extensible a obras particulares de los vecinos, pues estas obras pueden afectar a elementos o servicios comunes del edificio.

Seguimiento de las obras que se ejecuten, no sustitutivo de los trabajos a realizar por la Dirección de Ejecución Material de la Obra en el caso de obras que la necesiten según LOE.

Cumplimentación del Libro del Edificio, en los aspectos de mantenimiento y obras en que sea preciso dejar constancia en el mismo, conforme a la legislación, en el tiempo en que dure nuestra función como administradores.

Archivo de toda la documentación técnica que vayamos generando, referente al edificio, a lo largo de nuestra labor de administración e intervención directa en las obras que se ejecuten.

Reducción de honorarios de los servicios, en la dirección de obra a ejecutar, tramitación de licencias, Certificados, Inspección Técnica Obligatoria (en su caso), informes periciales y de patologías, etc., en las que se requiera la intervención del Administrador como Arquitecto Técnico, con el consiguiente beneficio para la comunidad. Esto también es extensivo a los propietarios, en sus fincas particulares dentro de la comunidad.

Empresa integrada en

"Al igual que, en la antigua Roma, los LARES velaban por el hogar y propiedades de una familia, en FINCALARES, velamos por tu edificio."

Manuel – F. Rivera Molina.

Arquitecto Técnico

C/ San Francisco N.9 - Bajo

Yecla (Murcia)

Telf: 636 300 356

manurivera@yahoo.es