UN NUEVO CONCEPTO EN LA ADMINISTRACION DE FINCAS


VELAMOS POR TU EDIFICIO

HONORARIOS DE NUESTROS SERVICIOS PARA SU COMUNIDAD DE PROPIETARIOS

A continuación, exponemos las distintas gamas de servicios que se nos pueden solicitar, y de la que pasaríamos el presupuesto de nuestros honorarios a petición de los interesados:


HONORARIOS MENSUALES PARA SU COMUNIDAD DE PROPIETARIOS:
Por los servicios de Administrador de fincas.
Los Honorarios se cobran de manera global a la Comunidad de vecinos (es decir, que no se imputa un cobro a los vecinos concretos), entrando en el reparto de los gastos comunes y generales. Los honorarios no incluyen los trabajos de terceros profesionales que deban intervenir en los asuntos de la comunidad de vecinos, tales como abogados, procuradores, direcciones facultativas, peritos, registradores, notarios, etc... Del mismo modo, los concepto de gastos de material de oficina (fotocopias, llamadas de teléfono, notificaciones, envíos postales, etc....) están incluidos en nuestros honorarios.


HONORARIOS DE CONSTITUCIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE LA COMUNIDAD
Con la escritura de declaración de obra nueva y división horizontal queda, formalmente, constituida la Comunidad de Propietarios, pues se cumplen de este modo los requisitos exigidos por el artículo 5 de la Ley de Propiedad Horizontal. Sin embargo, el funcionamiento ordinario de la Comunidad exige la realización de otra serie de actuaciones en orden a que la misma cumpla con todas sus obligaciones legales y quede constituida de manera definitiva y operativa. De este modo, será necesario:

1. Diligenciamiento o legalización del Libro de Actas de la Comunidad, conforme a la Ley de Propiedad Horizontal.
2. Elaboración de cuotas conforme a la Ley de Propiedad Horizontal.
3. Redacción de los estatutos de la comunidad, si fueran necesarios.
4. Creación de las Normas de Régimen Interno a solicitud de la Junta de Propietarios.
5. Preparación y asistencia de la Junta de Constitución.
6. Tramitación ante la Administración Tributaria de la asignación de un CIF para la Comunidad.
7. Apertura de una cuenta corriente a nombre de la Comunidad en la entidad bancaria que ésta designe.
8. Contratación de los suministros comunes básicos: energía eléctrica, gas, agua, etc.

La complejidad que las operaciones anteriores conllevan, así como la sustancial inversión de tiempo que suponen, habida cuenta de la burocratización de los distintos procedimientos que deben seguirse, aconsejan que sea un profesional de la administración de fincas el encargado de llevarlas a cabo. Así, la Comunidad sólo tendrá que facilitar la documentación necesaria a nuestro personal, que se encargará de realizar todas las gestiones que se precisen.


HONORARIOS DE SERVICIOS A LA CARTA
Cada Comunidad de Propietarios es un pequeño mundo, y cada mundo tiene sus propias necesidades.
De este modo, cada comunidad de propietarios puede solicitar servicios aislados, aunque no llevemos su administración de fincas, en función de sus necesidades. La contratación sólo de determinados servicios, exigirá la realización de un presupuesto personalizado.


Empresa integrada en

"Al igual que, en la antigua Roma, los LARES velaban por el hogar y propiedades de una familia, en FINCALARES, velamos por tu edificio."

Manuel – F. Rivera Molina.

Arquitecto Técnico

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